domingo, 28 de junio de 2009

Radicales quillotanos de 1893

Es sabido que el Partido Radical (P.R.) es el más antiguo de los partidos políticos chilenos. También lo es en nuestra comuna y provincia, ya que la Asamblea Radical del antiguo Departamento de Quillota se constituyó el 19 de noviembre de 1893 con la asistencia de 25 correligionarios. Se eligió un directorio provisorio de 10 miembros y éstos eligieron a Antonio Adrián como presidente y a los médicos Eduardo Solovera y Ramón Argandoña como secretarios. En el directorio había otro médico: José M. Binimelli, con cuyo nombre se nominó una calle de la Población Corvi.

Los otros integrantes del directorio eran: Luís de La Cruz, Aurelio Zilleruelo, Delfín Gamboa, Pedro Moisan, Custodio Astorga y Domingo A. Pereda.

A la asamblea asistieron radicales residentes en las siguientes subdelegaciones del departamento: Llay-Llay, El Melón, La Calera, Ocoa, Romeral, La Cruz, Puchuncaví, Colmo, Quillota, Boco, San Pedro y Nogales.


Esta información sobre los orígenes del radicalismo organizado en 7 comunas de nuestra Región de Valparaíso está contenida en la fotocopia del Acta que nos proporcionó gentilmente el concejal radical quillotano don Víctor Vergara Flores.

En 1894 circulaba en la comuna el periódico “La Asamblea”, publicación del P.R. que no tuvo continuidad.

En la conservadora Quillota de fines del siglo XIX, el radicalismo llegó 30 años después de la fundación de la primera asamblea radical, en diciembre de 1863 en Copiapó, bajo el liderazgo de la pareja de hermanos Pedro León y Ángel Custodio Gallo y Guillermo y Manuel Antonio Matta.

La Masonería, siempre tan ligada a los radicales, fue más rápida. En septiembre de 1874 ya existía en nuestra ciudad, según comentó irónicamente el periódico “El Pueblo de Quillota”, vinculado a los conservadores y a los vicuñistas (partidarios de Benjamín Vicuña Mackenna).

¿Qué proponía el P.R. en esos lejanos años?, Algunos acuerdos de la Gran Convención Radical de 1888 fueron: “…respeto del derecho del sufragio; libertad individual; autonomía municipal; separación de la Iglesia del Estado; autonomía del poder judicial; enseñanza primaria gratuita, laica y obligatoria; mejoramiento de la condición de la mujer; reducción del número de empleados públicos y mejoramiento de la condición de los proletarios y los obreros.